Sucesiones · CABA · Provincia de Buenos Aires

Abogado de Sucesiones en CABA y Provincia de Buenos Aires

Cuando fallece una persona y deja bienes, derechos u obligaciones, puede ser necesario iniciar una sucesión para determinar quiénes son sus herederos y avanzar con la transmisión, administración o disposición del patrimonio.

Sucesiones intestadas — sin testamento Sucesiones testamentarias — con testamento Bienes e inscripciones — CABA y Provincia de Buenos Aires
Cuándo iniciar una sucesión

Qué se transmite y por qué puede ser necesario el trámite.

La sucesión permite determinar quiénes continúan jurídicamente la posición de la persona fallecida y avanzar con la transmisión, inscripción, administración o disposición de sus bienes y derechos.

Puede ser necesaria, entre otros casos, cuando existen:

  • inmuebles y otros bienes registrables;
  • automotores;
  • cuentas bancarias o inversiones;
  • participaciones societarias;
  • créditos o derechos a cobrar;
  • otros activos que deban transmitirse a los herederos.

También puede ser necesario iniciar el proceso aun cuando exista un único heredero.

Con o sin testamento

Dos formas de tramitar la sucesión.

La existencia de un testamento modifica el análisis y algunos pasos del proceso, pero no elimina la necesidad de tramitar judicialmente la sucesión.

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Sucesión sin testamento

Cuando una persona fallece sin haber otorgado un testamento válido, la sucesión se tramita conforme al orden sucesorio establecido por la ley. Se acredita el fallecimiento y el vínculo de quienes se presentan como herederos, se cumplen los recaudos correspondientes y, oportunamente, el juez dicta la declaratoria de herederos.

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Sucesión con testamento

Si existe un testamento, deben analizarse el instrumento, su validez y las disposiciones realizadas por el causante. También debe verificarse su compatibilidad con los derechos que la ley reconoce a los herederos legitimarios cuando corresponda.

Documentación

¿Qué se necesita para empezar?

La documentación depende de cada caso. No tener todos los papeles desde el primer día no necesariamente impide comenzar a analizar la sucesión.

  • partida o certificado de defunción;
  • partidas que acrediten el vínculo de los herederos;
  • partida de matrimonio, cuando corresponda;
  • DNI de quienes se presentan;
  • documentación de inmuebles, automotores y otros bienes;
  • datos de cuentas, inversiones u otros activos;
  • testamento, si existiera.

¿Tenés dudas sobre una sucesión?

Contanos brevemente el caso para evaluar qué trámite corresponde y cuáles serían los próximos pasos.

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Declaratoria de herederos

Una etapa central, pero no necesariamente el final del trámite.

En una sucesión intestada, la declaratoria de herederos es la resolución judicial que reconoce a determinadas personas como herederas del causante.

Después de la declaratoria puede ser necesario continuar con la denuncia de bienes, valuaciones, informes registrales, tasas y gastos, inscripción de la declaratoria, partición, adjudicación o venta de bienes.

En determinados supuestos también puede resultar aplicable el tracto abreviado, permitiendo instrumentar una transmisión sin una inscripción previa del bien a nombre de los herederos.

Bienes de la sucesión

El trámite cambia según el patrimonio.

Antes de avanzar conviene realizar una identificación lo más completa posible de los bienes y derechos que integran la sucesión.

Inmuebles

Casas, departamentos, terrenos y otros inmuebles requieren analizar su situación registral y definir su inscripción, adjudicación o eventual venta.

Automotores

Los vehículos que integran el acervo sucesorio requieren los trámites correspondientes ante el registro respectivo.

Cuentas e inversiones

Pueden requerirse informes, oficios y autorizaciones judiciales para determinar y, cuando corresponda, disponer de los fondos.

Participaciones y otros derechos

Acciones, cuotas sociales, créditos, derechos contractuales y otros activos también pueden formar parte del patrimonio sucesorio.

Cómo es el proceso

De la revisión inicial a la inscripción o disposición de los bienes.

1

Revisión del caso

Analizamos herederos, documentación, último domicilio del causante y patrimonio conocido.

2

Inicio del expediente

Se presenta la documentación y se promueve el proceso ante el juzgado competente.

3

Acreditación de vínculos y recaudos

Se cumplen las publicaciones y demás medidas necesarias para determinar quiénes pueden presentarse como herederos.

4

Declaratoria o trámite testamentario

Según se trate de una sucesión intestada o testamentaria, se avanza con la resolución correspondiente.

5

Bienes e inscripciones

Se realizan las denuncias, informes, valuaciones y demás trámites necesarios según los bienes involucrados.

6

Adjudicación, partición o venta

Se define la etapa final según la situación patrimonial, el acuerdo entre los herederos y el objetivo perseguido.

Preguntas frecuentes

Dudas habituales sobre sucesiones.

Cada caso tiene particularidades. Estas respuestas ofrecen una orientación general y no reemplazan el análisis de la documentación y del expediente concreto.

¿Cuánto tarda una sucesión?

No existe un plazo único. La duración depende, entre otros factores, de la jurisdicción, la documentación disponible, la cantidad de herederos, los bienes involucrados, la respuesta de los organismos requeridos y la existencia o no de conflictos.

¿Cuánto cuesta iniciar una sucesión?

El costo depende del caso concreto. Además de los honorarios profesionales pueden existir gastos judiciales, tasas, informes, partidas, certificados, valuaciones y costos vinculados con la inscripción de los bienes. El valor del patrimonio y la jurisdicción también pueden incidir.

¿Qué pasa si uno de los herederos no quiere iniciar la sucesión?

En principio, la falta de acuerdo de todos los herederos no necesariamente impide que uno de ellos promueva el proceso sucesorio. Otra cuestión es lo que pueda ocurrir posteriormente respecto de la administración, partición o disposición de determinados bienes.

¿Se puede vender un inmueble que está en sucesión?

Puede ser posible, pero depende del estado del proceso y de la situación concreta del bien y de los herederos. En determinados supuestos puede utilizarse el mecanismo de tracto abreviado. Antes de instrumentar la operación conviene analizar el expediente y la situación registral.

¿Puedo dejarle todo mi patrimonio a una sola persona por testamento?

Depende de si existen herederos legitimarios. Descendientes, ascendientes y cónyuge tienen una porción de la herencia que la ley protege y que no puede ser eliminada por testamento. Solo la porción disponible puede asignarse libremente. El porcentaje concreto depende de quiénes concurran a la sucesión.

¿Qué pasa si hay bienes en otra provincia o en otro país?

Si existen bienes en otra provincia argentina, normalmente pueden incorporarse al proceso sucesorio, aunque su inscripción deberá realizarse ante los registros correspondientes.

Cuando existen bienes en el extranjero, la situación requiere un análisis específico. Según el tipo de bien y el país donde se encuentre, puede ser necesario realizar trámites adicionales o intervenir ante autoridades extranjeras.

¿Hay que iniciar una sucesión si existe un solo heredero?

Puede ser necesario. La existencia de un único heredero no elimina la necesidad de obtener el reconocimiento correspondiente y realizar los trámites necesarios para disponer o inscribir determinados bienes y derechos.

¿Puedo iniciar una sucesión si no tengo todos los papeles?

Depende de cuál sea la documentación faltante. Muchas partidas, informes y constancias pueden obtenerse durante la preparación o el trámite. Lo recomendable es revisar primero qué documentación existe y determinar qué debe conseguirse.

¿Es obligatorio que todos los herederos tengan el mismo abogado?

No. Los herederos pueden presentarse conjuntamente con un mismo profesional cuando existe acuerdo, pero también pueden contar con representación o patrocinio independiente.

Cómo trabajamos

Primero entendemos el caso; después definimos el trámite.

Revisamos quién falleció, su último domicilio, quiénes serían los herederos, qué bienes existen, qué documentación está disponible, si hay acuerdo entre los interesados y cuál es el objetivo concreto.

01

Análisis inicial

Ordenamos la información y determinamos la jurisdicción, documentación y pasos necesarios.

02

Seguimiento claro

Buscamos que el cliente sepa qué se está haciendo, por qué y cuál es la próxima etapa del proceso.

¿Necesitás iniciar una sucesión?

Si necesitás iniciar una sucesión en CABA o Provincia de Buenos Aires, o tenés un expediente sucesorio ya iniciado y querés analizar cómo continuar, podés contactarnos.

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